Tipificación de delitos de biotecnología y manipulación genética en el Código Orgánico Integral Penal ecuatoriano
DOI:
https://doi.org/10.62452/hthj1s85Palabras clave:
Regulación biotecnológica, manipulación genética, tipificación penal, bioseguridad, marco normativoResumen
El desarrollo acelerado de la biotecnología y la manipulación genética plantea desafíos regulatorios en Ecuador, un país cuya biodiversidad es de importancia global. A pesar de la prohibición constitucional de cultivos transgénicos, la normativa vigente presenta vacíos legales que podrían permitir el uso indebido de estas tecnologías. El objetivo de este estudio fue analizar la eficacia del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y la Constitución en la regulación de la biotecnología y la manipulación genética, identificando deficiencias normativas y proponiendo mejoras. Se adoptó un enfoque cualitativo con un diseño transversal, empleando una investigación bibliográfica y un muestreo no probabilístico por conveniencia. Se encuestó a veinte expertos en derecho penal y constitucional, de los cuales cinco fueron entrevistados en profundidad. Los resultados revelan que el artículo 401 de la Constitución y el artículo 214 del COIP son insuficientes para abordar los delitos relacionados con la manipulación genética. Se identifican vacíos en la tipificación penal, falta de sanciones proporcionales y un marco regulatorio ambiguo que podría comprometer la bioseguridad y la salud pública. Además, los organismos de supervisión carecen de atribuciones para fiscalizar de manera efectiva el uso de biotecnología. Se concluye que es necesaria una reforma integral que fortalezca la regulación penal, incremente las sanciones y establezca mecanismos de control más estrictos. Asimismo, se recomienda mejorar la educación pública sobre los riesgos y beneficios de la biotecnología para garantizar su uso responsable y alineado con la protección del medio ambiente y los derechos humanos.
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