Los medios alternativos de solución de conflictos en las infracciones de tránsito
DOI:
https://doi.org/10.62452/m6wtmg98Palabras clave:
Infracciones de tránsito, mediación, conciliación, proceso penalResumen
Las infracciones de tránsito en el Ecuador representan para los fiscales y jueces un alto volumen de asuntos para resolver conforme a los procedimientos establecidos en la esfera penal, lo cual ha traído como consecuencia que el sistema judicial se sobrecargue de asuntos que, al ser comparados con la criminalidad grave que se produce en el territorio, en realidad se convierte, la infracción de tránsito, en irrelevante desde el punto de vista de su peligrosidad. Por lo general, los autores de los delitos y contravenciones culposas de tránsito son personas que comprenden fácilmente las consecuencias desfavorables de su actuar delictivo y pueden enmendarse sin necesidad de cumplir con una pena privativa de libertad. Mientras tanto el sistema penal se muestra incapaz de afrontar los hechos de corrupción, narcotráfico internacional, sicariatos, lavado de activos, tráfico y trata de personas, entre otras manifestaciones que desestabilizan la economía, la política y la seguridad nacional. En este contexto se hace necesario insistir en la necesidad de disminuir las sobrecargas judiciales que se producen con motivo de las impugnaciones de las contravenciones de tránsito y de otras infracciones que pueden ser sometidas a los métodos alternativos de solución de conflictos. No solamente la conciliación es viable para alcanzar la cultura de paz sino también la mediación, pues el Ecuador se ha ocupado de capacitar y exigir mejor preparación a los mediadores. Los resultados del presente estudio muestran la factibilidad de la utilización de estos medios de solución de conflictos y de extraer del sistema penal las infracciones del tránsito para darles solución por vías extrapenales.
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Referencias
Beccaria, C. (1820). Tratado de los delitos y de las penas. Imprenta de Doña Rosa Sanz.
Boqué Torremorell, M. C. (2018). La mediación va a la escuela: Hacia un buen plan de convivencia en el centro. Madrid: Narcea.
Córdova Mendoza, K. T., Ochoa Espinoza, A. M., & Durán Ocampo, A. R. (2019). Algunas consideraciones sobre la mediación y arbitraje. Revista Universidad y Sociedad, 11(4), 22–36. http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2218-36202019000400287
Corte Nacional de Justicia. (2015). Oficio No. 331-PCPJI. https://www.cortenacional.gob.ec/cnj/images/pdf/consultas_absueltas/Consultas%20en%20materia%20penal%20(mar-15).pdf
Corte Nacional de Justicia. (2023). Proyecto de Ley: Descriminalización de ciertas infracciones de tránsito. https://www.cortenacional.gob.ec/cnj/images/pdf/proyecto_ley/Descriminalizacion-de-infracciones-de-transito.pdf
Ecuador. Asamblea Nacional Constituyente. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Montecristi: Registro Oficial 449. https://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ecu_const.pdf
Ecuador. Asamblea Nacional. (2009). Código Orgánico de la Función Judicial. Quito: Registro Oficial Suplemento 544. https://www.puertodemanta.gob.ec/wp-content/uploads/2021/02/C%C3%93DIGO-ORG%C3%81NICO-DE-LA-FUNCI%C3%93N-JUDICIAL.pdf
Ecuador. Asamblea Nacional. (2012). Reglamento a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Registro Oficial Suplemento 731. https://www.obraspublicas.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2015/03/Decreto-Ejecutivo-No.-1196-de-11-06-2012-REGLAMENTO-A-LA-LEY-DE-TRANSPORTE-TERRESTRE-TRANSITO-Y-SEGURIDAD-VIA.pdf
Ecuador. Asamblea Nacional. (2014). Código Orgánico Integral Penal. Quito: Registro Oficial No. 180. https://www.asambleanacional.gob.ec/es/system/files/document.pdf
Ecuador. Asamblea Nacional. (2015). Código Orgánico General de Procesos. Quito: Registro Oficial Suplemento 506 de 22-may.-2015.
Ecuador. Consejo de la Judicatura. (2014). Resolución 327 de 2014. Registro Oficial Segundo Suplemento N° 399. https://mediacion.funcionjudicial.gob.ec/images/documentos/327-20141.pdf
Ecuador. Consejo de la Judicatura. (2024). Portal de Estadística Judicial: Causas COIP. https://fsweb.funcionjudicial.gob.ec/estadisticas/datoscj/causascoip.html
Fuentes-Águila, M. R., Castellanos-Fuentes, P. E., Bedón-Garzón, R. P., & Ávila-Urdaneta, J. G. (2025). Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional comentada, concordada, anotada y con reflexiones teórico-prácticas. Parte I. Editorial UMET.
Fuentes-Águila, M. R., Díaz-de Perales, A. V., Brito-Febles, O. P., Sarango-Aguirre, H., Castillo, F. J., & Ramírez-de Castillo, A. (2024). Perspectivas de la prevención como estrategia del control social en Ecuador. Editorial UMET.
Gómez Pavajeau, C. A., & Guzmán Díaz, C. A. (2016). La oportunidad como principio complementario del proceso penal. Nueva Jurídica.
Guano Quispe, A. J. (2023). La mediación como medio alternativo de solución de conflictos en materia de tránsito y la seguridad jurídica en la ciudad de Ambato [Trabajo de titulación, Universidad Regional Autónoma de los Andes]
Medina-Peña, R., & Torres-Espinoza, J. J. (Coord.) (2024). El neoconstitucionalismo en la protección de los nuevos derechos. Sophia Editions.
Mejía Hurtado, V. D. (2016). El procedimiento directo en los delitos de tránsito con lesiones y su incidencia en el principio de celeridad, en las causas tramitadas en la Unidad Judicial Penal con sede en el cantón Riobamba, periodo de agosto del 2014 a marzo del 2015 [Trabajo de titulación, Universidad Nacional de Chimborazo].
Muñoz Conde, F. (2001). Introducción al derecho penal. Euro Editores.
Pontón, D. (2022). Las nuevas cárceles en Ecuador: Un ecosistema para la reproducción del crimen complejo. Universitas-XXI, 37, 173–199. https://www.redalyc.org/journal/4761/476172132007/
Redorta, J. (2009). Entorno de los métodos alternativos de solución de conflictos. Revista de Mediación, 2(3). https://www.imotiva.es/revista-de-mediacion-original/2013/06/Revista-Mediacion-03-04.pdf
Tandazo Román, C. (1997). Derecho procesal del trabajo y práctica laboral. Tomo I. Méndez.
Vado Grajales, L. O. (2020). Medios alternativos de resolución de conflictos. https://cejamericas.org/wp-content/uploads/2020/09/7nuevo.pdf
Vintimilla Moscoso, M. X. (2020). La conciliación en el Código Orgánico Integral Penal [Tesis de maestría, Universidad Andina Simón Bolívar].
Zaffaroni, E. R., Sloka, A., & Alagia, A. (2007). Manual de derecho penal. Ediar.
Zambrano Pasquel, A. (2009). Estudio introductorio a las reformas del Código de Procedimiento Penal. Corporación de Estudios y Publicaciones.
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