La omisión dolosa en el Peculado e impacto en la administración pública en el Ecuador
DOI:
https://doi.org/10.62452/nph8tw71Palabras clave:
Administración pública, omisión dolosa, peculadoResumen
El objetivo planteado aquí, es, previo análisis jurídico de la omisión dolosa en el contexto del delito de Peculado en Ecuador: Argumentar la necesidad de implementar una reforma en el artículo 28 del Código Orgánico Integral penal, de modo que describa con claridad, la posibilidad de sancionar de manera oportuna y efectiva, a los funcionarios públicos que incurren en esta conducta en torno a los delitos de Peculado. Dentro de la legislación ecuatoriana, existe una problemática con respecto a la posibilidad de sancionar a los funcionarios públicos que, a pesar de estar en posiciones específicas de responsabilidad, no cumplen con su obligación legal de prevenir y evitar la comisión del Peculado, incurriendo en omisión dolosa. Esta modalidad de la tipicidad no se encuentra tipificada como un delito en el Ecuador, y eso está bien, pues obra como una norma general y, por ende, se aplicaría a todo el proceso penal y en todos los tipos penales, de acontecer la necesidad. Pero, es preciso, ampliar el artículo que la prevé, de modo que quede claro en qué consiste y cómo puede ser tratada técnicamente. Para ello, se emplea un enfoque cualitativo con los métodos científicos como el analítico, inductivo y exegético.
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Derechos de autor 2024 Jessica Virginia Cornejo-Guamán, Yudith López-Soria (Autor/a)

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