Análisis jurídico del acoso laboral en las empresas privadas
DOI:
https://doi.org/10.62452/x7220s49Palabras clave:
Acoso laboral, mobbing, acoso moral, despido indirecto y riesgo laboralResumen
El presente trabajo investigativo se encuentra direccionado en la búsqueda e identificación de cada uno de los factores y consecuencias que se consideran repercutores del acoso laboral o también denominado como “mobbing”, afectando el desempeño laboral del personal de las instituciones privadas; como punto de inicio resultó necesario dar a conocer los conceptos teóricos y mas relevantes desarrollados mediante una metodología descriptiva de tipo documental, empleando métodos como analítico, sintético, deductivo- inductivo y comparativo, dando como resultados que se comprueba la hipótesis planteada que el acoso laboral baja el rendimiento y el desempeño de los trabajadores, y peor aún, en la actualidad es muy común que las empresas privadas profanen a sus trabajadores por la escasez del trabajo en la actualidad en el Ecuador y la mínima supervisión de las entidades reguladoras de Trabajo.
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Referencias
Ávila Urdaneta, J. G. (2020). El acoso laboral o mobbing como elemento causante de accidentes laborales. Revista Científica UISRAEL, 7(3), 115–128.
Camacho Ramírez, A., Morales Vargas, E., & Güiza Suárez, L. (2014). Barreras al acceso a la justicia en el acoso laboral. Opinión Jurídica, 13(25), 121-137
Cruz Arroyo, V., & Casique, I. (2019). Violencia laboral. Análisis de los factores de riesgo y consecuencias en la vida de las mujeres trabajadoras en la Ciudad de México. Papeles de población, 25(102), 51-79.
Cruz Velazco, J. (2018). La calidad de vida laboral y el estudio del recurso humano: una reflexión sobre su relación con las variables organizacionales. Pensamiento & Gestión, (45), 58-81.
Ecuador. Asamblea Nacional Constituyente. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Registro Oficial No. 449. https://www.asambleanacional.gob.ec/sites/default/files/documents/old/constitucion_de_bolsillo.pdf
Ecuador. Congreso Nacional. (2005). Código de Trabajo. Registro Oficial Suplemento 167. https://www.trabajo.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2012/11/C%C3%B3digo-de-Tabajo-PDF.pdf
Gómez, I. C., & Hernández, L. (2014). La comunicación en tres casos de acoso laboral. Diversitas: Perspectivas en Psicología, 10(2), 307-320.
Harasemiuc, V., & Díaz Bernal, J. (2013). Evidencia científica de la relación entre acoso laboral y depresión. Medicina y Seguridad del Trabajo, 59(232), 361-371
Kahale, D. (2007). El acoso moral en el trabajo («mobbing»): Delimitación y herramientas jurídicas para combatirlo. Gaceta Laboral, 13(1), 76-94
Lanata Fuenzalida, R. G. (2018a). Vías jurídicas para obtener la reparación del daño causado a la víctima de acoso laboral en Chile. Ius et Praxis, 24(2), 263-302.
Lanata Fuenzalida, R. G. (2018b). El acoso laboral y la obligación de seguridad en el trabajo. Revista de derecho (Valdivia), 31(1), 105-126.
Montalvo Romero, J. (2020). El Trabajo desde la Perspectiva de Género. Revista de la Facultad de Derecho, (49).
Morales Ramírez, M. (2016). Aproximación al acoso laboral desde la legislación comparada. Boletín Mexicano de Derecho Comparado, 49(147), 71-98.
Ochoa Díaz, C., Hernández Ramos, E., Guamán Chacha, K., & Pérez Teruel, K. (2021). El acoso laboral. Revista Universidad y Sociedad, 13(2), 113-118.
Pantoja-Pantoja, A., Navarrete-Acosta, A., Zambrano-Guerrero, C., & Matabanchoy-Tulcan, S. (2020). Relación entre clima organizacional y violencia laboral en funcionarios de una universidad pública. Universidad y Salud, 22(2), 137-147
Peralta, M. (2004). El acoso laboral - mobbing- perspectiva psicológica. Revista de Estudios Sociales, (18), 111-122.
Urdaneta, J. (2020). El acoso laboral o mobbing como elemento causante de accidentes laborales. Revista Científica UISRAEL, 7(3), 123-136.
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