Instrumentos públicos electrónicos: Su validez, su eficacia probatoria y su materialización procesal
DOI:
https://doi.org/10.62452/qd9v4r23Palabras clave:
Instrumentos públicos electrónicos, validez jurídica, eficacia probatoria, materializaciónResumen
El artículo analiza, desde una perspectiva normativa y doctrinaria, los efectos que genera la falta de armonización entre el Código Orgánico Administrativo y el Código Orgánico General de Procesos en relación con la certificación y materialización de instrumentos públicos electrónicos en Ecuador, y su impacto en la validez jurídica, eficacia probatoria y aplicación en los procesos judiciales. La investigación se desarrolla bajo un enfoque cualitativo sustentado en métodos analítico–sintético, exegético, hermenéutico y comparado, que permiten interpretar el alcance de las normas aplicables y examinar las tensiones generadas por criterios divergentes sobre la competencia certificadora y la necesidad de materialización de documentos electrónicos. Los resultados evidencian que esta desarticulación normativa produce inseguridad jurídica, limita la interoperabilidad institucional y restringe la eficacia probatoria de los instrumentos públicos electrónicos en sede judicial. Asimismo, se observa que distintos modelos y desarrollos normativos internacionales resaltan la importancia de adoptar principios de equivalencia funcional, marcos regulatorios coherentes y estándares tecnológicos uniformes para garantizar un uso adecuado, seguro y eficaz del documento electrónico en los sistemas de justicia. Se concluye que fortalecer la coherencia normativa es indispensable para asegurar una gestión documental electrónica eficiente y jurídicamente confiable en el ámbito judicial ecuatoriano.
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Referencias
Aranda Vergara, E. A. (2025). Valor público de los servicios de certificación digital del Estado en la transformación digital 2023 [Tesis de maestría, Escuela de Postgrado, Universidad San Ignacio de Loyola].
Chile. Congreso Nacional. (2002). Ley N.º 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Diario Oficial de la República de Chile. https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=196640
Chile. Congreso Nacional. (2015). Ley N.º 20.886 que modifica el Código de Procedimiento Civil, estableciendo la tramitación electrónica. Diario Oficial de la República de Chile. https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1085545
Chile. Congreso Nacional. (2019). Ley N.º 21.180 de Transformación Digital del Estado. Diario Oficial de la República de Chile. https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1138479
Ecuador. Asamblea Nacional Constituyente. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Registro Oficial No. 449. https://www.presidencia.gob.ec/wp-content/uploads/2024/07/CONSTITUCION_DE_LA_REPUBLICA_DEL_ECUADOR-2024-05-30.pdf
Ecuador. Asamblea Nacional. (2015). Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Registro Oficial Suplemento No. 506. https://www.sce.gob.ec/sitio/wp-content/uploads/2024/01/COGEP-5-1-2024.pdf
Ecuador. Asamblea Nacional. (2017). Código Orgánico Administrativo (COA). Registro Oficial Suplemento No. 31. https://www.gobiernoelectronico.gob.ec/wp-content/uploads/2020/11/COA.pdf
Ecuador. Congreso Nacional. (2002). Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos. Registro Oficial No. 557. https://biblioteca.defensoria.gob.ec/bitstream/37000/3374/1/Ley%20de%20Comercio%20Electr%c3%b3nico%20%2827-08-2021%29.pdf
Ecuador. Congreso Nacional. (2006). Ley reformatoria a la Ley Notarial. https://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiZjYwM2U5YjgtY2NmNy00MjM1LTg2MDgtMDhlYjRkZGQwMzY3LnBkZiJ9
Ecuador. Consejo de la Judicatura. (2018). Reglamento del Sistema Notarial Integral de la Función Judicial. https://www.funcionjudicial.gob.ec/lotaip/documentosdirecciones/comunicacion/REGLAMENTO%20DEL%20SISTEMA%20NOTARIAL%20INTEGRAL%20DE%20LA%20FUNCI%C3%93N%20JUDICIAL.pdf
Gaón López, B. L. (2025). Desmaterialización de los títulos valores: Un análisis de los principios clásicos frente a la innovación digital [Tesis de pregrado, Universidad de Cuenca].
León Guevara, O. P. (2020). La validez y eficacia jurídica de la certificación de documentos materializados y desmaterializados autorizados por el notario público [Tesis de maestría, Universidad Católica de Santiago de Guayaquil].
Martínez, N. (2025). Implementación de la Ley N.º 21.180 de Transformación Digital del Estado a nivel municipal. https://obtienearchivo.bcn.cl/obtienearchivo?id=repositorio/10221/37193/1/BCN__Implementacion_de_la_Ley_No_21.180_Transformacion_digital_del_Estado_a_nivel_de_los_municipios_final.pdf
Medina-Peña, R., & Torres-Espinoza, J. J. (Coords.). (2024). El neoconstitucionalismo en la protección de los nuevos derechos. Sophia Editions.
Nordic Institute for Interoperability Solutions. (2024). X-Road history [Historia de X-Road]. https://x-road.global/xroad-history
Organización de los Estados Americanos. (2001). Uniform Inter-American Rules for Electronic Documents and Signatures. https://www.oas.org/dil/CIDIP-VII_topics_futures_cidips_electroniccommerce_signatures_3oct2001.htm
Ortiz Pradillo, J. C. (2024). Documentos judiciales electrónicos y documentos electrónicos en el proceso. En J. Banacloche Palao & F. Gascón Inchausti (Coords.), Los procesos judiciales tras las reformas introducidas por el Real Decreto-Ley 6/2023 (pp. 175–200). La Ley.
Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea. (2014). Reglamento (UE) n.º 910/2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza (eIDAS). Diario Oficial de la Unión Europea, L 257/73. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014R0910
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