¿Existe Vulneración al principio de doble juzgamiento (Non Bis In Ídem) en los delitos de delincuencia organizada y sus delitos fines?
DOI:
https://doi.org/10.62452/40vc3r52Palabras clave:
Principio de doble juzgamiento, delincuencia organizada, delito, debido procesoResumen
En la actualidad social y jurídica, la criminalidad o delincuencia organizada es un fenómeno que se presenta de manera recurrente, pero bajo distintas formas o modalidades que van desde acciones pacíficas pero sutiles y otras, violentas y abiertas. Esto se ha dado sobre todo en el fenómeno que involucra al narcotráfico, trata de personas y tráfico de armas. Siendo, además, modalidades delictivas que en sí mismas y por su propia naturaleza son muy peligrosas. Lo anterior se traduce en la importancia y trascendencia de implementar en el nivel punitivo estatal y a nivel mundial, políticas criminales encaminadas a combatir la criminalidad organizada, sin embargo, estas políticas criminales deben ser respetuosas del debido proceso y de las garantías básicas que lo conforman, entre ellas, el principio de prohibición de doble juzgamiento y sanción, conocido como non bis in ídem, constituyendo el objeto de nuestro trabajo. Los métodos empleados del nivel teórico fueron el histórico lógico y el analítico sintético, y desde la empírea el análisis de documentos, y el exegético analítico.
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